CAPÍTULO III (EXTINCIÓN DE ACCIONES Y SANCIONES) NORMA SUPLETORIA)
ARTÍCULO 89— PRESCRIPCIÓN.
TÍTULO VIII
RÉGIMEN DE SANCIONES
El Art. del Dto. está Sin Reglamentar.
De mi autoría: (Formato, Observaciones)
Las NORMATIVAS son sacadas en su gran mayoría de: http://www.infoleg.gob.ar/
Te prometo que lo hice a consciencia.
Si ves algún error, chiflame y lo corrijo.
Términos y Condiciones de la WEB.
Historia de la Web