CAPÍTULO I (PRINCIPIOS GENERALES)
ARTÍCULO 77— CLASIFICACIÓN.
TÍTULO VIII
RÉGIMEN DE SANCIONES
El Art. del Dto. fue Modificado por Art. 17 del Dto. 32/18.
Deriva al Art. 34, al Art. 40 Inc. a), c) y d), al Art. 68
De mi autoría: (Formato, Observaciones)
Las NORMATIVAS son sacadas en su gran mayoría de: http://www.infoleg.gob.ar/
Te prometo que lo hice a consciencia.
Si ves algún error, chiflame y lo corrijo.
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