CAPÍTULO I (MODELOS NUEVOS)
ARTÍCULO 29 — CONDICIONES DE SEGURIDAD.
TÍTULO V
EL VEHÍCULO
El Art. del Dto. fue Modificado por Art. 10 del Dto. 196/25.
Deriva al Art. 2, al Art. 28 Párrafo 4, al Art. 40 Inc. f)
De mi autoría: (Formato, Observaciones)
Las NORMATIVAS son sacadas en su gran mayoría de: http://www.infoleg.gob.ar/
Te prometo que lo hice a consciencia.
Si ves algún error, chiflame y lo corrijo.
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